domingo, 7 de junio de 2026

Aerme Jornada Técnica. Novedades normativas y técnicas.

Decano del Colegio de Graduados, Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Santa Cruz de Tenerife 

D. Antonio Miguel Rodríguez Hernández


 Encuentro de una mañana en el Hotel Escuela en Santa Cruz de Tenerife.

 

Momento de una de las presentaciones

Fue muy agradable encontrarme con Rogelio Barrera de Suministros Suinca, empresa especializada en contra incendio, y de mi Decano Antonio Rodríguez, quien además participó en una de las mesas redondas para exponer el punto de vista de los colegios profesionales. 

Nuevo Reglamento de Contraincendios en Establecimientos Industriales y revisión/modificaciones del RIPCI.

Real Decreto 164/2025

El Real Decreto 164/2025, publicado el 10 de abril de 2025, aprueba el nuevo Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales (RSCIEI), derogando el anterior RD 2267/2004 que había estado vigente durante más de dos décadas.

Principales cambios técnicos y normativos

    Armonización normativa: El nuevo reglamento se alinea con el Código Técnico de la Edificación (CTE DB-SI) y el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI - RD 513/2017), eliminando discrepancias técnicas que existían con el reglamento de 2004.

    Inspecciones periódicas: Se introduce la obligatoriedad de realizar inspecciones periódicas cada 10 años para todos los establecimientos industriales, utilizando el procedimiento definido en la norma UNE 192005-2. Esto busca homogeneizar la actuación de los Organismos de Control (OCA).

    Sistemas en cocinas comerciales: Se establece una regulación específica para sistemas fijos de extinción en cocinas industriales (restaurantes, hoteles, hospitales), exigiendo que cumplan con la norma UNE-EN 17446.

    Flexibilidad técnica: Se permite explícitamente el uso de soluciones técnicas alternativas siempre que estén justificadas mediante cálculos y planos, y validadas por una entidad independiente, lo que otorga mayor margen de maniobra en rehabilitaciones.

    Certificación de componentes: Se endurecen los requisitos para garantizar que todos los sistemas de protección cuenten con marcado CE y cumplan con las normas UNE correspondientes, siendo el instalador responsable de documentar dicha conformidad.

Francisco Ruiz Leal, presidente de AERME, habla sobre las novedades, la seguridad equivalente,. el diseño prestacional y las disposiciones transitorias. 

Frecuencias de Revisión Obligatorias
Periodicidad                        Equipos Afectados            Tipo de Revisión (Resumen)    Quién la Realiza
 

Trimestral (cada 3 meses)    Extintores, BIEs, detección, etc.    Inspección visual y de accesibilidad, estado de precintos y manómetros .    El titular o personal designado.
 

Anual    Todos los sistemas (extintores, BIEs, detección, rociadores, etc.)    Revisión técnica completa, comprobación de funcionamiento, limpieza y recarga si es necesario .    Empresa mantenedora autorizada (obligatorio).
 

Cada 5 años    Extintores y mangueras de BIEs    Prueba hidráulica o de presión (retimbrado en extintores) para verificar la integridad del equipo .    Empresa mantenedora autorizada o taller especializado.
 

Cada 10 años    Sistemas fijos (detección, rociadores, etc.)    Inspección reglamentaria de ciertas instalaciones por un Organismo de Control Acreditado (OCA) .    Organismo de Control Acreditado (OCA).
 

Puntos Clave que Debes Conocer

Más allá de las fechas en el calendario, hay varios aspectos prácticos que es fundamental que tengas en cuenta para asegurar el cumplimiento normativo:

    Responsabilidad del Titular: Eres tú, como dueño o responsable de la actividad industrial, el máximo responsable de que todas estas revisiones se lleven a cabo en tiempo y forma, aunque contrates a una empresa externa para el mantenimiento .

    Vida Útil de los Equipos: Ningún equipo es eterno. Los extintores tienen una vida útil máxima de 20 años, al igual que las mangueras de las BIEs. Cumplido este plazo, deben ser retirados y sustituidos por unos nuevos .

    Documentación y Registro: Todas las operaciones de mantenimiento deben quedar registradas. Las empresas mantenedoras están obligadas a dejarlo reflejado mediante etiquetas en el propio equipo y a entregarte un certificado o acta de mantenimiento . Guarda estos documentos, ya que son tu única prueba ante una inspección. 

 

Desde Aerme se fue comentando los artículos con modificación o nueva redacción en el Real Decreto 164/2025 y las modificaciones concordantes del RIPCI.

 

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